CONDONACIONES 

El sistema de emisión de condonaciones es un servicio de la Secretaría General implementado para cumplir con lo dispuesto en los Contratos Colectivos de Trabajo establecidos entre la Universidad de Guanajuato y las Asociaciones Sindicales de Trabajadores. Estas condonaciones del arancel establecido para diversos trámites académico-administrativos se enmarcan dentro de las cláusulas referidas a los Derechos y Obligaciones de los Trabajadores.

Se citan las cláusulas aplicables de cada uno de los contratos colectivos de trabajo de las asociaciones sindicales.

CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA ASOCIACIÓN SINDICAL DE PERSONAL ACADÉMICO Y ADMINISTRATIVO (A.S.P.A.A.U.G.) DE LA UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO 2008-2009

Condonación y subsidios:

11. A que tanto a ellos como a su cónyuge e hijos, cuando adquieran o pretendan adquirir la condición de alumnos, se les otorguen subsidios equivalentes al importe de los derechos e inscripciones ordinarias y cuotas adicionales a estas, revalidaciones, certificados, constancias, exámenes recepcionales y títulos, así como los derechos a los exámenes de admisión y la credencial de alumno, exceptuándose la reposición de la citada credencial y el pago del seguro de vida estudiantil.

En el caso de los posgrados, para tener derecho a estos subsidios deberá acreditarse que sea pertinente al área de desarrollo profesional, haber aprobado el examen de selección, tener un aprovechamiento académico mínimo de 8 (ocho), subsidios que serán proporcionales al nombramiento que ostente el trabajador.

En el caso de no aprobar los requisitos mínimos del posgrado sin causa justificada, pagarán la totalidad de la inscripción.

El trámite se hará ante la Dirección de Recursos Humanos y la A.S.P.A.A.U.G.

Con el fin de de que el otorgamiento sea oportuno y expedito, en las Unidades Académicas foráneas, los titulares de las mismas deberán realizar su trámite y otorgar la prestación.

Esta prestación es extensiva para los cursos no autofinanciables que ofrezca la Universidad.

Diplomados, especialidades y cursos autofinanciables:

(Convenio de fecha 1° de Marzo del 2006 CLAUSULAS PRIMERA.- Las partes acuerdan que el objeto del presente convenio, es el de establecer los porcentajes de condonaciones y subsidios a nivel postgrado a partir del 1° de Marzo del 2006; por lo que acuerdan dejar sin efectos el convenio que se cita en el antecedente único del presente instrumento jurídico. SEGUNDA.- “La Universidad” y “La Asociación”, convienen en adicionar un tercer párrafo en el numeral II de la cláusula IX del Contrato Colectivo de Trabajo respectivo, vigente para el período 2006-2007, párrafo que a la letra dirá: Para aquellos trabajadores de tiempo completo 40 horas el 100% al año cumplido de servicios y proporcional al número de horas de distinto nombramiento, de conformidad a la tabla que se señala en la cláusula siguiente. En el caso de los hijos del trabajador, además de lo anterior, éstos deberán ser menores de 25 años, no tener empleo remunerado y depender económicamente del trabajador”. ).

12. Por lo que toca a los diplomados, especialidades y cursos autofinanciables, se condonarán a tres personas propuestas por el A.S.P.A.A.U.G., ya sean trabajador académico, su cónyuge o hijos que dependan económicamente del trabajador y aspiren a realizarlo, siempre y cuando el curso sea pertinente a su área de desarrollo y sea aceptado al mismo. Previa la disponibilidad del financiamiento del curso, la cuarta y quinta personas propuestas por la Asociación Sindical se les condonará una tercera parte del costo de la inscripción.

En cualquiera de los casos, de no aprobar los requisitos mínimos del curso sin causa justificada, pagarán la totalidad de la inscripción.

Para aquellos cursos prioritarios la Universidad analizará la posibilidad, atendiendo a su disponibilidad financiera, de apoyar a las Unidades Académicas, cuando les falten requisitos mínimos de autofinanciamiento.

El trámite se hará ante la Dirección de Recursos Humanos y la A.S.P.A.A.U.G.

CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA ASOCIACIÓN SINDICAL DE TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS (A.S.T.A.U.G.) DE LA UNIVERSIDAD DE GUANAJUATO 2008-2009

Condonación y subsidios:

5. A que tanto a ellos como a su cónyuge e hijos, cuando adquieran o pretendan adquirir la condición de alumnos, se les otorguen subsidios equivalentes al importe de los derechos e inscripciones ordinarias, revalidaciones, certificados, constancias, exámenes recepcionales y títulos, así como los derechos correspondientes a los exámenes de admisión e infraestuctura, exceptuándose el pago de seguro de vida estudiantil. En caso de posgrado deberá acreditarse un promedio mínimo de 8 (ocho) para tener el derecho a esos subsidios. Con el fin de de que el otorgamiento de los subsidios sea oportuno y expedito en las Dependencias foráneas, los titulares de las mismas estarán autorizados a realizar su trámite y otorgar la prestación.

Para el caso de posgrados, favor de acudir a la Secretaría General a realizar el trámite de condonación, o bien, enviar su solicitud a través de los medios siguientes.

Fax: 473 73 2 31 99

e-mail: sgral@ugto.mx

GUÍA PARA  SOLICITUD DE CONDONACION

Para cualquier duda se puede comunicar a la Secretaría General al telefono (473) 73 2 00 06 en la extensión 3022. En el horario de 9:00 a.m a 3:00 p.m y de 5:00 p.m a 7:00 p.m